El Pleno del Congreso del Estado aprobó un dictamen relativo al acuerdo de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, mediante el cual se determina procedente la revocación de mandato del C. Leocadio Hernández Hernández como Segundo Regidor del Ayuntamiento del municipio de Piedras Negras, toda vez que dejó de asistir sin causa justificada a las sesiones de Cabildo, por lo cual se tomó esta decisión en apego al artículo 75 del Código Municipal para el Estado de Coahuila.
Asimismo, se ordena al Ayuntamiento de Piedras Negras mande llamar a la siguiente persona que habrá de ocupar el cargo de la Segunda Regiduría, atendiendo al orden de prelación de la lista registrada ante el Instituto Electoral de Coahuila, correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2021, para que tome protesta de ley ante dicho Ayuntamiento.
El acuerdo antes mencionado lo propuso al Pleno la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, luego de que en la pasada sesión del Congreso se dio lectura a la síntesis y conclusiones con relación al procedimiento de Declaración de Procedencia en Materia de Revocación de Mandato iniciado en contra del C. Hernández Hernández, en la cual se manifiesta que al funcionario municipal se concedió el derecho de audiencia para ejercerlo en un plazo de 7 días para manifestar lo que a su derecho conviniera, incluso, dicho plazo fue ampliado a 8 días, para que hiciera uso de este derecho, pero no lo hizo.
Cabe señalar que el Segundo Regidor de Piedras Negras dejó de asistir, de manera injustificada y consecutiva, a siete sesiones de Cabildo durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de este año. Tales hechos son causa de revocación del mandato de acuerdo a lo que señala el artículo 75 del Código Municipal para el Estado de Coahuila.