El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte por la omisión del presidente Andrés Manuel López Obrador de proponer al Senado a las candidatas a comisionadas del regulador, a partir de las listas que le fueron enviadas por el Comité de Evaluación.
En la XVII sesión ordinaria del 17 de agosto, el pleno avaló por unanimidad la propuesta del comisionado presidente por suplencia, Javier Juárez Mojica, de entablar el recurso que fue presentado este lunes ante el máximo tribunal del país, informó la institución en un comunicado.
Detalló que el proceso de selección de comisionados establece que el Ejecutivo debe elegir a los candidatos de una lista enviada por el Comité de Evaluación, integrado por el Inegi y Banxico, la cual contiene a los aspirantes que obtuvieron las calificaciones aprobatorias más altas en un examen de conocimientos, y proponerlos a la Cámara alta para su ratificación.
Agregó que en 2020 y 2021 el comité realizó tres procesos dirigidos exclusivamente a mujeres, en atención a lo previsto en la reforma constitucional de paridad de género, para ocupar las tres vacantes actuales en el pleno del regulador, el cual por disposición constitucional debe estar integrado por siete comisionados.
Recordó que el 16 de diciembre de 2020, el Ejecutivo Federal sometió a ratificación del Senado la designación de dos comisionadas del IFT por un periodo de nueve años, contados a partir del primero de marzo de 2020 y del primero de marzo de 2021; sin embargo, las designaciones fueron rechazadas por el Senado y hasta ahora el presidente no ha enviado una nueva propuesta a partir de la lista de aspirantes que le hizo llegar en su oportunidad el Comité de Evaluación, como lo dispone el artículo 28 constitucional.
“Ante la falta de selección y envío al Senado de las propuestas de candidatas para ser ratificadas, el Pleno ha estado trabajando con solo cuatro de los siete integrantes que lo deben conformar”, señaló el IFT.
Afirmó que la omisión del Ejecutivo pone en riesgo facultades orgánicas y funciones esenciales que le han sido conferidas por la Constitución y por las leyes, lo que afecta su autonomía y le impide ejercer a través de su órgano máximo de Gobierno las atribuciones encomendadas por la Constitución y por las leyes.
Apuntó además que al estar integrado actualmente el pleno sólo por hombres, se transgrede el mandato constitucional de paridad de género previsto en el artículo 41 de la Constitución.
“Resulta indispensable que el IFT cuente con un pleno conformado por siete comisionados y bajo un principio de paridad de género, además de poder ejercer la totalidad de sus atribuciones constitucionales y las establecidas en las leyes, y con ello cumplir con su objeto y propósito constitucional como regulador de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como de autoridad exclusiva en materia de competencia económica para dichos sectores”, manifestó.