La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recordó que en caso de incumplimiento del pago de aguinaldo para los trabajadores, que debe ser antes del 20 de diciembre, el patrón se hará acreedor a una multa que va de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida Actualizada, lo que equivale a 4 mil 224.50 hasta 422 mil 450 pesos.
En un comunicado, Carolina Ortiz Porras, titular de la Profedet, expuso que trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por tiempo determinado o eventual, tienen derecho al pago independientemente de haber laborado el año completo o de manera parcial. Los primeros, explicó, deberán recibir mínimo 15 días de salario siempre y cuando no esté acordado otro monto en sus contratos, y para los segundos, que tienen menos tiempo trabajando o dieron por concluida la relación, se les deberá pagar la parte proporcional al tiempo laborado.
Los trabajadores, destacó, cuentan con un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago de su aguinaldo. Señaló que pueden acercarse a la Profedet para recibir asesoría y acompañamiento de manera gratuita.
Ortiz Porras aseguró que la falta de pago de este derecho es uno de los servicios de procuración de justicia laboral con menor demanda en la institución que representa, pues de enero a noviembre del presente año 3 mil 174 personas se han acercado para aclarar el pago de aguinaldo de 2018, de los cuales 3 mil 169 fueron asesorías, 4 casos terminaron en conciliación y solo uno llegó a juicio.