La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la orden dirigida al presidente Andrés Manuel López Obrador de abstenerse de realizar comentarios sobre el proceso de revocación de mandato.
Por otra parte, el Pleno modificó el acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (UTCE) para que la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República elimine exclusivamente el contenido de las publicaciones que contengan expresiones relativas al proceso de revocación de mandato, respecto a la conferencia matutina del 28 de febrero.
Derivado de las denuncias presentadas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), la Comisión de Quejas y Denuncias del INE emitió acuerdos en lo que se ordenó al Presidente abstenerse de emitir expresiones relativas al proceso de revocación de mandato, derivado de diversos comentarios realizados durante la conferencia matutina del 2 de febrero y dos eventos celebrados el 12 y 13 del mismo mes en Sonora; decisiones confirmadas por la Sala Superior.
Posteriormente el PAN presentó un incidente de incumplimiento, debido a que López Obrador nuevamente realizó manifestaciones en las conferencias matutinas del 21 y 28 de febrero.
Al respecto, los magistrados señalaron que el INE se excedió en sus facultades por ordenar a la Presidencia eliminar todo el contenido de la conferencia mañanera del 28 de enero, por lo que indicó que sólo se deben borrar los extractos sobre el proceso de revocación.