Un juzgado federal dio un plazo de 10 días hábiles para que las cámaras de Diputados y Senadores acaten el ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y corrijan las observaciones a la Ley General de Comunicación Social.
El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa señaló que el Legislativo tiene como plazo el 17 de enero para cumplir con el mandato, pues de no existir causa justificada entrarán en desacato constitucional y podría iniciarse un proceso de remoción.
Una de las causas justificadas que podrían argumentar es que el siguiente periodo de sesiones comenzará en febrero próximo.
Hace unos días, la organización Artículo 19 señaló que el Congreso de la Unión no cumplió con lo requerido por la sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 8 de septiembre de 2021, en la cual se le requirió para
“que cumpla cabalmente con la obligación establecida en el artículo Tercero Transitorio del decreto de la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014 y, en consecuencia, proceda a subsanar las deficiencias de la Ley General de Comunicación Social antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones”, lo cual no ocurrió.
El Congreso de la Unión tuvo tres meses para llevar a cabo un proceso legislativo en donde se regulara una ley de publicidad oficial, subsanar las deficiencias de la actual Ley General de Comunicación Social y cumplir con lo mandatado por la sentencia de la SCJN.
“La falta de voluntad y disposición política nuevamente arremeten contra la libertad de expresión y el derecho a la información en México, ya que persiste la ausencia de una debida y correcta regulación de las relaciones entre el Estado y los medios de comunicación, lo cual tiene consecuencias en el libre ejercicio de derechos, así como en la pluralidad mediática”, señaló la organización en un comunicado.